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Hipotecas podrán inscribirse a través del SID-Sunarp

  • Plataforma digital de la Sunarp también permitirá la constitución de asociaciones, así como la inscripción de separación de patrimonio, sustitución de régimen patrimonial y divorcios.

 A partir del martes 12 de mayo, la presentación del parte notarial de la constitución de una hipoteca en el Registro de Predios podrá realizarse a través del Sistema de Intermediación Digital – SID Sunarp en todas las Oficinas Registrales del país. De esta manera, se suprime el uso del papel en el procedimiento registral, se simplifican los trámites internos y se previene la posibilidad de fraude documentario; además de evitarse la aglomeración de personas en las oficinas registrales y la circulación del título entre distintas áreas del registro, beneficios que adquieren mayor relevancia en el contexto de la emergencia sanitaria nacional que afrontamos actualmente.
Como se recuerda, mediante una hipoteca se garantiza el cumplimento de una obligación dando en garantía un inmueble (casa, terreno, local comercial, entre otros). En la hipoteca intervienen: el acreedor (puede ser un banco, empresa o persona natural) y el propietario del inmueble.
De acuerdo a la resolución publicada el sábado 9 de mayo en el Diario Oficial El Peruano, la presentación electrónica del parte notarial de constitución de hipoteca puede efectuarse en conjunto con otro acto de transferencia disponible en el SID Sunarp, comprendiendo hasta cuatro (4) predios inscritos en una determinada oficina registral.
En los últimos años, la constitución de hipotecas ha venido incrementándose, al punto que, solo en el año 2019, se inscribieron 97,940 hipotecas a nivel nacional.
Beneficios del SID-Sunarp
Mediante el Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp) se puede iniciar el procedimiento registral a través de la generación del parte notarial electrónico -con firma digital del notario-, y su envío electrónico a la Sunarp bajo altos estándares de seguridad.
De esta manera, se simplifican los procedimientos internos relacionados al trámite de documentos, debido a que el parte con la firma digital del notario ingresa directamente a la carga laboral del registrador y genera el asiento de presentación de forma automática, en beneficio directo de los usuarios.
El acceso del SID-Sunarp se realiza a través de nuestra página web institucional: https://www.sunarp.gob.pe/w-sid/index.html
 
Más actos inscribibles a través del SID-Sunarp
Cabe añadir que la Resolución N° 046-2020-Sunarp-SN también señala que a través del SID-Sunarp se podrán presentar los siguientes títulos de origen notarial:

  • Constitución de Asociaciones en el Registro de Personas Jurídicas.
  • Separación de Patrimonios y Sustitución del Régimen Patrimonial en el registro de Personas Naturales.
  • Separación convencional y Divorcio ulterior en el Registro de Personas Naturales.

De esta manera la Sunarp reafirma su compromiso por ofrecer alternativas para que los usuarios de los servicios registrales realicen sus trámites sin salir de su casa, evitando poner en riesgo su salud y la de sus familiares.
Importante: La presentación electrónica a través del Sid-Sunarp constituye un medio alternativo a la presentación de los títulos notariales en soporte papel, en el marco de las políticas de la entidad sobre prevención al fraude instrumental, modernización de la gestión pública y simplificación administrativa.

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