SliderTrujilloUltimas Noticias

463 denuncias por despido arbitrario se registraron en Trujillo durante el 2014

SEMINARIO [540x350]

 – Empresarios podrán conocer cuál el procedimiento correcto para culminar con una relación contractual en el VII Seminario Tributario Laboral que se dictará el 25 de febrero en la Cámara de Comercio.

Trujillo, 19 de febrero.- Según la especialista en derecho tributario Martha Bringas Gómez, en el 2014, se registraron en Trujillo 463 denuncias por despido arbitrario ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, lo que evidencia una problemática que podría acarrearle muchos perjuicios económicos a las empresas. Ante esta situación, vale preguntarse: ¿los empresarios conocen los procedimientos correctos para acabar con una relación contractual?

“Por el hecho de no conocer los procedimientos adecuados que se deben seguir en un despido, una empresa se vería en problemas por las indemnizaciones. En el caso de trabajadores estables, es un sueldo y medio por cada año de servicios; y si se tratase de trabajadores por la modalidad de contrato a plazo fijo, un sueldo y medio por cada mes que faltaba del mismo contrato”, indicó Bringas Gómez.

Dicha materia será uno de los tópicos que abordará la experta en el VII Seminario Tributario Laboral, organizado por la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad, el próximo 25 de febrero. Otro de los ponentes será el gerente general de Montes Delgado – Abogados S.A.C., Daniel Montes Delgado, especialista en derecho tributario, mercantil y administrativo.

Infracciones comunes

La fiscalización laboral es otra de las materias contempladas en el temario del curso. Como se recuerda, desde el año pasado, Sunafil ha empezado sus actividades en La Libertad con nuevos cuadros de multa. “Las cifras en Trujillo sobre la infracción más común tienen que ver con el incumplimiento en el pago oportuno de los beneficios sociales, que en el 2014 reportó 2.993 casos”, advirtió Montes Delgado.

Otro de los puntos a tocar será la Responsabilidad Solidaria, figura que muchos empresarios desconocen y que consiste en la obligatoriedad que tienen los representantes legales de las empresas de asumir como propias las deudas tributarias en cobranza coactiva. Cabe resaltar que esta práctica solo se aplica en los casos de acciones dolosas, negligencia grave o abuso de facultades.

“No tenemos datos precisos, pero de nuestra experiencia nos animamos a decir que hasta un 80 % de las personas notificadas no tenían idea de qué se trataba el asunto, menos aun de que muy probablemente esas deudas ya estaban incluso prescritas”, manifestó el experto.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *